
La nueva ley de marcas española fue promulgada el día 31 de julio del año 2002. Las modificaciones que la misma establece cambian completamente el marco normativo de la aproximación legal a las marcas en España. La creación de la nueva ley obedece a una serie de causas bien conocidas, siendo algunas de ellas tecnológicas.
Entre las causas de la creación de la nueva ley sobre marcas se encuentra cumplir la sentencia del Tribunal Constitucional (103/1999 de 2 de junio) respecto de las competencias en lo que se refiere a marcas de las comunidades autónomas.
La Sentencia del Tribunal Constitucional establece por ley los cauces de relación entre los organismos estatales y los autonómicos. En esencia la sentencia permite diversos actos administrativos por parte de las CC. AA. Entre ellos se encuentra la posibilidad de permitir presentar la solicitud de marca ante organismos autonómicos, el examen de forma y la renovación de los rótulos.
La lengua de interlocución ante la administración en lo que respecta a registro de marcas será siempre el castellano aunque si la comunidad autónoma en cuestión tiene una lengua cooficial también se podrá interactuar con la administración en esa lengua cooficial.
Otra de las causas de la promulgación de la nueva ley de marcas proviene de la necesidad de la incorporación al ordenamiento jurídico español de la legislación y las disposiciones que en torno a las marcas registradas tiene la Unión Europea.
Por último y como tercera razón de la promulgación de una nueva ley de marcas nos encontramos con la necesidad de un procedimiento de registro de marcas mucho más ágil que el que existía antes de la mencionada ley.
Fuente: Universidad de Buenos Aires | Imagen: limaoscarjuliet
Fuente:

